20180924: Convocatoria de ayudas contra la pobreza energética

Convocatoria de ayudas contra la pobreza energética

Convocatoria de ayudas contra la pobreza energética

El Ayuntamiento de Piloña, en colaboración con el Gobierno del Principado de Asturias, ha abierto la convocatoria de ayudas contra la pobreza energética. Está ayuda se incluye dentro de las prestaciones básicas del Sistema Público de Servicios Sociales y tiene como objeto facilitar el pago de los suministros básicos de la vivienda habitual a aquellas familias con especiales dificultades para poder hacer frente al pago de los mismos evitando así situaciones de exclusión social.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas que cumplan los requisitos recogidos en la convocatoria publicada en el BOPA del 21 de septiembre entre los que se encuentran:

  • Personas físicas que sean titulares de un contrato de suministro energético y los arrendatarios que, no siendo titulares de un contrato de suministro, estén obligados al pago de dichos gastos según las cláusulas del contrato de arrendamiento.
  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente.
  • Que la vivienda para la cual se solicite la subvención sea la vivienda habitual.
  • Residir y estar empadronado en Piloña.
  • Que los ingresos mensuales totales del cómputo de la unidad familiar empadronada en la vivienda no superen el siguiente baremo económico:
    • Miembros de la UECI      Máximo ingresos mensuales
    • 1 o 2 miembros                745,51 ¿
    • 3 miembros                      784,75 ¿
    • 4 miembros                      828,34 ¿
    • 5 miembros                      877,07 ¿
    • 6 o más miembros            931,89 ¿

Las ayudas se concederán a todas aquellas unidades familiares que cumplan los requisitos y que realicen la solicitud con la documentación completa hasta agotamiento de crédito (23.100 ¿) con los siguientes criterios de priorización:

  1. Unidades familiares con ingresos iguales o inferiores al 55% del límite máximo establecido para su unidad familiar en la tabla de máximos que se establece al final de este punto; en el caso de unidades de una sola persona, se aplicará un beneficio reductor de un 10% adicional a la cuantía de sus ingresos totales, por la mayor carga personal de coste de recibos en este tipo de unidades familiares.
  2. Unidades con viviendas en alquileres de hasta 300 ¿ mensuales.
  3. Familias numerosas o que presenten certificado de discapacidad de alguno de sus miembros.
  4. Resto de familias peticionarias, ordenadas por cuantía de ingresos.

El plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOPA, finalizando el 16 de octubre de 2018. La solicitud se presentará en modelo oficial en el registro general del Ayuntamiento de Piloña o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, una vez se haya comprobado por parte del Centro Municipal de Servicios Sociales.

Para más información pueden dirigirse al Centro Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Piloña. Teléfono 985 711 128

 

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